Ordenanza Nro. 2569

Expediente Nro. 8.622/13

10º Sesión Extraordinaria

30/12/2013

 

VISTO:

Lo dispuesto por el artículo 140 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Municipalidad de Arrecifes viene fijando las remuneraciones del personal profesional que presta servicios en el área de salud de acuerdo a sus previsiones presupuestarias y posibilidades económicas financieras, siguiendo las pautas estipuladas por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires para sus agentes comprendidos en la ley de carrera profesional hospitalaria.-

Que, sin perjuicio de ello, se han producido diferencias entre el importe de las remuneraciones efectivamente abonadas a los agentes municipales del área de salud y las pautas salariales estipuladas por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires para sus agentes comprendidos en la ley de carrera profesional hospitalaria, entre los ejercicios 2008 y 2012 inclusive.

Que, el importe de las aludidas diferencias asciende a la suma de pesos UN MILLÓN DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS VEINTISIETE CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($: 1.278.627,97), los que sumados a los correspondientes aportes de ley que alcanzan la suma de pesos  DOSCIENTOS CUARENTA MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS CON SEIS CENTAVOS ($: 240.382,06), hacen un total de pesos UN MILLON QUINIENTOS DIECINUEVE MIL DIEZ CON TRES CENTAVOS ($: 1.519.010,03).-

Que, no obstante que la retribución de los agentes municipales es de naturaleza estatutaria (conf. art. 19 in limine de la ley 11.757), no convencional, por lo que su determinación corresponde de manera exclusiva al Departamento Ejecutivo (conf. art. 19, inc. a) de la ley 11.757) y que la intangibilidad del sueldo de los empleados públicos no está asegurada por precepto constitucional alguno de acuerdo a la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Fallos 323:1566, voto de la mayoría) como que los agentes estatales no cuentan con un derecho adquirido a mantener el nivel de remuneración futura sin variantes, en toda circunstancia (Fallos 323:1566 cit. -voto del doctor Belluscio), se estima oportuno abonar las diferencias antes referidas.

Que, a los efectos de posibilitar el pago de las mismas  a los agentes municipales de acuerdo a la  planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente, sin ocasionar inconvenientes de orden financiero, se considera beneficioso cancelar la totalidad, en veinticuatro (24) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, a partir del mes de enero de 2014, sin intereses ni adicionales de ninguna naturaleza.

Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 140 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, corresponde que el Departamento Deliberativo preste autorización para reconocer deuda de ejercicios anteriores.

Por lo expuesto:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

O R D E N A N Z A   :

Artículo 1º: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a reconocer deuda y abonar a los agentes municipales, de acuerdo a la planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente, por un importe total de pesos UN MILLON QUINIENTOS DIECINUEVE MIL DIEZ CON TRES CENTAVOS ($: 1.519.010,03), en concepto de diferencias entre el importe de las remuneraciones efectivamente abonadas a los agentes municipales del área de salud y las pautas salariales estipuladas por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires para sus agentes comprendidos en la ley de carrera profesional hospitalaria, entre los ejercicios 2008 y 2012 inclusive.-

Artículo 2º: El pago de los importes correspondientes a cada Profesional se realizará en dieciocho (18) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, a  partir del mes de enero de 2014.-

Artículo 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 10º SESIÓN EXTRAORDINARIA, CELEBRADA EL DIA TREINTA DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.-                           

Arrecifes, 3 de Enero de 2014.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

JORGE EBER ETEROVICH – Presidente

FABIAN CESAR REYNA – Secretario

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