Ordenanza Nro. 2552

Expediente Nro. 8.430/13

16º Sesión Ordinaria

13/11/2013

 

VISTO:

El expediente Nro. 8.430/13, relacionado con la presentación efectuada por el Señor Salvador Trebisacce por ante el Departamento Ejecutivo Municipal, caratulado bajo expediente Municipal Nro. 18.061; mediante el cual ofrece la permuta de un predio de 15 hs. de su propiedad, ubicado en Ruta Provincial Nro. 51, denominado catastralmente como Circ. XVII – Parc.: 1644 af; para la creación de un Centro Integral de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos y;

CONSIDERNANDO:

Que el interesado aclara en su presentación, que en la propuesta original no había fijado plazo alguno de caducidad para la operación de permuta, circunstancia que fue posteriormente materializada a través de la Ordenanza Nro. 2.285/09, estableciéndose un plazo de dos años a partir de su sanción para la ejecución de la obra para la creación del Centro de Tratamiento de Residuos, bajo condición de que durante el transcurso  del tiempo señalado el Departamento Ejecutivo Municipal no hubiese llevado a cabo las obras para su radicación la permuta quedaba si efecto.-

Que transcurrido el plazo señalado no se cumplimentaron los objetivos dispuestos en el artículo 2º de la disposición antes mencionada.-

Que pese a ello el proponente ratifica su oferta en las mismas condiciones dispuestas originariamente.-

Por lo expuesto:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad en general y en particular la siguiente:

O R D E N A N Z A   :

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar la propuesta formulada por el Señor Salvador TREBISACCE, aceptando el predio de 15 has., por el ofrecido, con destino exclusivo a un Centro Integral de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos, identificado catastralmente como: Circ.: XVII – Parc.: 1644 af.-

Artículo 2º: Autorizase la permuta del predio mencionado en el artículo 1º, por el predio donde se encuentra el actual Centro de Tratamiento de Residuos en la Ruta 51 identificado catastralmente como: Circ.: III – Parc. 120.-

Artículo 3º: La transacción dispuesta en el artículo 2º, tendrá plena vigencia desde el momento que el predio objeto de la permuta reúna los requisitos formales establecidos por la legislación vigente y el Estudio de Impacto Ambiental de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 11.723.-

Artículo 4º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las gestiones y suscribir convenios con organismos oficiales nacionales o provinciales con la finalidad de obtener recursos o financiamiento para la ejecución de proyectos, obras e infraestructura necesaria para la realización del Centro de tratamiento y Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos.-

Artículo 5º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 16º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA TRECE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.-

Arrecifes, 14 de Noviembre de 2013.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

MARCOS RAUL PERNICONE – Presidente

FABIAN CESAR REYNA – Secretario

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