Expediente Nro. 8.460/13
15º Sesión Ordinaria
23/10/2013
VISTO:
El expediente Nro. 8.460/13, respecto de la nota presentada por el Señor Laureano Villa, dando a conocer su propuesta acerca de la creación de un registro de estudiantes universitarios y terciarios concurrentes a Centros de Estudios de la ciudad de Pergamino.-
Que la iniciativa comprende además la utilización de una credencial a la que denomina “ESTUDIANTE FRECUENTE” y;
CONSIDERANDO:
Que la proposición realizada por el recurrente tiene por objeto la subvención del cincuenta por ciento (50%) del costo del boleto por la utilización del servicio de transporte público de pasajeros por parte del estado municipal, que insume a cada estudiante su traslado a los diferentes centros de estudios de acuerdo a la oferta educativa brindada por el distrito de Pergamino.-
Que la iniciativa resulta sumamente interesante en apoyo de aquellos alumnos que deben cursar sus estudios fuera del distrito, máxime aquellos posibles beneficiarios con limitados recursos económicos.-
Que independientemente del tema en tratamiento, corresponde señalar que mediante Resolución Nro. 103/72, dictado por el ex Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Nación el 27 de Marzo de 1972, proponía un régimen tarifario diferencial para el transporte de los escolares; beneficiando además a alumnos secundarios, universitarios y personal docente con una reducción de tarifas.-
Que el artículo 3º de la normativa referenciada, dispuso entonces un descuento del VEINTE POR CIENTO (20%) en las tarifas correspondientes a las líneas de servicios interurbanos de jurisdicción nacional utilizadas por estudiantes secundarios, universitarios y personal docente.-
Que la actual Comisión Nacional de Regulación del Transporte Automotor establece los beneficios del Boleto Escolar y Estudiantil para estudiantes en el transporte urbano, como así los beneficios del Boleto Universitario para estudiantes en el Transporte Automotor Interurbano; además de los requisitos para acceder ha dicho sistema.-
Que la propuesta debe abarcar la universalidad de los estudiantes radicados en el distrito que cursan sus estudios en diferentes universidades del país.-
Que preliminarmente es preciso establecer la cantidad de alumnos pertenecientes al Distrito que cursan sus estudios en diversas universidades con el fin de contar con datos precisos que permitan posteriormente determinar los recursos con que debe contar el estado municipal para hacer frente a tales erogaciones.-
Que una vez elaborado el padrón de estudiantes universitarios, se deberán establecer los alcances para el otorgamiento de la subvención, debiendo establecer un marco de igualdad y equidad para los estudiantes en general, sin circunscribir los beneficios del estado a favor de un determinado sector.-
Por lo expuesto:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por mayoría, en general y en particular la siguiente:
O R D E N A N Z A :
Artículo 1º: Crease el “REGISTRO MUNICIPAL DE ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS Y TERCIARIOS”, orientado a aquellos estudiantes que se encuentran cursando sus estudios en el presente año, en otras ciudades, el que incluirá como mínimo los siguientes datos:
- APELLIDOS Y NOMBRES.-
- TIPO Y NÚMERO DE DOCUMENTO.-
- EDAD.-
- DOMICILIO.-
- TELEFONOS.-
- CENTRO DE ESTUDIOS
- CARRERA CURSADA.-
- AÑO DE ESTUDIO QUE CURSA.-
- DESTINO AL QUE VIAJA.-
- EMPRESA CON QUE VIAJA.-
- FRECUENCIA CON QUE REALIZA LOS VIAJES DE ESTUDIO.-
Artículo 2º: El registro mencionado en el artículo precedente tendrá una vigencia de 60 (sesenta) días a partir de la promulgación de la presente ordenanza, donde podrán inscribirse todos aquellos estudiantes que cursan estudios universitarios y terciarios en otras ciudades, a los efectos de su empadronamiento.-
Artículo 3º: Una vez finalizada la vigencia del registro el Departamento Ejecutivo Municipal, remitirá al Honorable Cuerpo a los efectos de analizar los resultados obtenidos y evaluar la aplicación del boleto estudiantil en el ámbito de nuestro Distrito.-
Artículo 4º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 15º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA VEINTITRES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.-
Arrecifes, 24 de Octubre de 2013.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
MARCOS RAUL PERNICONE – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario