Expediente Nro. 10.588/20
11º Sesión Ordinaria
09/09/2020
VISTO:
La necesidad de darle marco normativo aplicable a la “Cuestión de Privilegio” y;
CONSIDERANDO:
Que no existe en el Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante esta proposición.-
Qué la Cuestión de Privilegio constituye una verdadera denuncia que un Concejal o grupo de Concejales realiza ante el Honorable Concejo Deliberante.-
Que puede dar cuenta de la violación de un privilegio o inmunidad legal.-
Que la Cuestión de Privilegio pueda relacionarse con: a) una cuestión parlamentaria; b) de índole disciplinaria; c) o bien respecto de un tercero.-
Que desde la técnica jurídica se define “como el acto de denuncia realizado por un concejal o varios de ellos, por la que se pone en conocimiento al Honorable Concejo Deliberante de VIVA VOZ un hecho voluntario atribuible a otro Concejal o a un tercero, sea miembro o no de un poder del Estado Municipal, que implique una violación de los fueros establecidos por la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
Que la finalidad sea la constatación o averiguación y se adopte una decisión política o bien disciplinaria, de corresponder respecto del autor o de los autores de los hechos.-
Que la denuncia se someta a consideración del Cuerpo con la mayoría de dos tercios del total de sus miembros presentes.-
Qué la misma sea tratada sobre tablas con el objeto de adoptar una decisión estrictamente de contenido político, o bien aplicar una sanción disciplinaria.-
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad el siguiente:
DECRETO:
Artículo 1º: Incorpórese el Inciso 11 al Artículo 29º del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Que se vote una Cuestión de Privilegio en el marco del Decreto aprobado al efecto”
Artículo 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 11º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA NUEVE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
Arrecifes, 10 de Septiembre de 2020.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario