Expediente Nro. 10.475/20
2º Sesión Ordinaria
11/03/2020
VISTO:
El Decreto Nro. 792/19 aprobado por el Honorable Cuerpo en la 1º Sesión Extraordinaria, celebrada el 26 de Diciembre de 2019 y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la aludida disposición se dispuso el congelamiento de los aumentos en las remuneraciones que perciben habitualmente los Señores Concejales.-
Que dicha medida tiene un plazo de vigencia de 180 días contados a partir del día 2 de Enero de 2020.-
Que además se debe dar cumplimiento al Artículo 2º del citado Decreto, el cual dispone que el Honorable Cuerpo en el término de 60 días debe proceder a la creación de una cuenta especial en la cual serán acreditados los importes que surjan de los eventuales aumentos de salarios dispuestos por el Departamento Ejecutivo Municipal y que por derecho le corresponda a cada edil, durante el período de vigencia del aludido Decreto.-
Que asimismo se deben establecer los mecanismos para que lo recaudado mensualmente, sea distribuido por el Departamento Ejecutivo Municipal a Instituciones sin fines de lucro, personas físicas con domicilio en el Distrito, a solicitud personal de cada Concejal.-
Por lo expuesto:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad el siguiente:
D E C R E TO :
Artículo 1º: El monto recaudado por aplicación del Decreto Nro. 792/19 estará integrado por los importes que surjan de los eventuales aumentos de salarios dispuestos por el Departamento Ejecutivo Municipal y que por derecho le corresponda a cada Concejal, durante el período de vigencia de la disposición.-
Artículo 2º: Será facultad exclusiva de cada Concejal disponer proporcionalmente (según el resultado acumulado en forma personal) el destino que le dará a la asignación, en forma mensual o al vencimiento del plazo de vigencia del Decreto Nro. 792/19.-
Artículo 3º: El Concejal deberá notificar en forma fehaciente al Departamento Ejecutivo Municipal los datos de la Entidad o persona física beneficiaria y el monto de apoyo asignado por el Edil, el cual bajo ningún concepto podrá ser mayor al importe proporcional que le correspondiere acumulado en el fondo.-
Artículo 4º: Cumplidos los recaudos administrativos por parte del Departamento Ejecutivo Municipal, éste procederá a librar la orden de pago correspondiente a favor del beneficiario.-
Artículo 5º: El Departamento Ejecutivo Municipal enviará informe al Honorable Concejo Deliberante del destino que cada concejal dio al importe donado mensualmente.-
Artículo 6º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 2º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA ONCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
Arrecifes, 12 de Marzo de 2020.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario