Decreto Nro. 739

Expediente Nro. 9.679/17

9º Sesión Ordinaria

26/07/2017

 

VISTO:

El Expediente Nro. 9.679/17, vinculado al Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal s/ autorización adjudicación Licitación Privada Nro. 3/2017 para la realización de la obra de “Ampliación de Red Cloacal en Barrio Cañada Marta” a la empresa Coinsud S.R.L.-

Que el Departamento Ejecutivo Municipal remitió además junto al citado Proyecto la totalidad de los antecedentes relativos al expediente Nro. 78.872/17 base de la licitación Privada Nro. 3/2017 y;

CONSIDERANDO:

Que tras el análisis de la documentación por parte de las comisiones de reglamentos intervinientes (Presupuesto, Hacienda y Actividades de la Producción; Garantías Constitucionales, Seguridad, Interpretación Legislativa y Reglamentos; y Obras y Servicios Públicos), surge el interrogante acerca del estado parcelario de los inmuebles que integran el denominado “Barrio Cañada Marta”, en relación a sus moradores.-

Que en consecuencia concejales pertenecientes al Bloque de la actual gestión Municipal, debían solicitar ante el Departamento Ejecutivo Municipal la obtención del correspondiente Informe de Dominio ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, vía que hasta la fecha no ha quedado expedita.-

Que el 6 de Julio de 2017 el Departamento Ejecutivo Municipal efectúa una nueva presentación identificada bajo orden interno RHCD-1017/17, obrante a fs. 115, de las presentes actuaciones, en la cual solicita la devolución del Expediente Nro.78.872/17, dado que durante el tiempo transcurrido desde la elevación del expediente para su análisis al Cuerpo Deliberativo los montos de las obras han sufrido cambios, por lo que resultaría abstracta la resolución de autorización.-

Que respecto a la observación formulada deviene necesario considerar algunas cuestiones que hacen al proceso licitatorio impulsado oportunamente por el Departamento Ejecutivo Municipal, en tal sentido el Artículo 17º del pliego (Condiciones y Especificaciones Particulares), resulta sumamente claro en cuanto a su interpretación, ya que en cuanto a las “Variaciones de Precios” la Municipalidad de Arrecifes especificó que “No habrá reconocimientos por variaciones de precios”, cláusula que los oferentes no pueden desconocer y han aceptado al momento de la presentación de su respectivas ofertas.-

Que por lo tanto resultaría como mínimo apresurada la calificación de abstracta la resolución de este Cuerpo Deliberativo respecto de la autorización de la adjudicación.-

Que no obstante ello, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá efectuar una revisión de los antecedentes y en todo caso dictar el acto administrativo correspondiente para la anulación de la Licitación Privada Nro. 3/2017.-

Por lo expuesto:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad el siguiente:

D E C R E T O :

Artículo 1º: Procédase a la devolución al Departamento Ejecutivo Municipal del Expediente Nro. 78.872/17 (Original) correspondiente a la Licitación Pública Nro. 3/2017 para la realización de la Obra de “Ampliación de Red Cloacal en el denominado Barrio Cañada Marta”, a la empresa COINSUD S.R.L.; para que el mismo efectúe la revisión de la totalidad de los antecedentes y de corresponder proceda a la anulación del proceso licitatorio dictando el acto administrativo correspondiente.-

Artículo 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 9º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA VEINTISEIS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-

Arrecifes, 27 de Julio de 2017.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

SEBASTIAN ANTONIO REIGOSA – Vicepresidente 1º

FABIAN CESAR REYNA – Secretario

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