Comunicación Nro. 1878

Expediente Nro. 10.570/20

13º Sesión Ordinaria

14/10/2020

 

VISTO:

El expediente Nro. 10.570/20, relacionado con la nota presentada por la Señora Maira Alejandra Preve, quién acude a este Honorable Cuerpo solicitando su intervención ante el titular del Departamento Ejecutivo Municipal para que ante el área administrativa correspondiente le pueda ser concedida una vivienda o terreno para la construcción de inmueble en el cual pueda vivir junto a sus siete hijos menores de edad y;

CONSIDERANDO:

Que sus circunstancia familiares califican de razonable la petición que la recurrente efectuara ante el Departamento Ejecutivo Municipal, toda vez que el ser humano tiene el derecho de acceso a una vivienda.-

Que el derecho a la vivienda se encuentra reconocido en nuestra Constitución Nacional y en diversos instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por Argentina.

Que la vivienda adecuada fue reconocida como parte del derecho a un nivel de vida adecuado en la Declaración Universal de Derechos Humanos (art. 25) y en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (art 11), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, (art. 17), la Convención sobre los Derechos del Niño (arts. 16, 1 y 27. 3), y en la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (arts. 9 y 28).-

Que el estado sufre desde hace tiempo una crisis habitacional inmensa, producto de una multiplicidad de factores, situación de la cual el municipio de arrecifes no permanece ajeno.-

Que no obstante ello, resulta un deber ineludible del municipio garantizar el acceso a una vivienda adecuada en condiciones de igualdad y promover políticas habitacionales integrales.-

Por lo expuesto:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad la siguiente:

C O M U N I C A C I Ó N   :

Artículo 1º: Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal procure brindar asistencia a la recurrente Señora Maira Alejandra Preve, en consideración a su solicitud de acceso a la vivienda, teniendo en cuenta la conformación de su grupo familiar y en consecuencia su estado de vulnerabilidad social.-

Artículo 2º: Remítase copia de la presente disposición a la recurrente para su conocimiento.-

Artículo 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 13º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA CATORCE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.- 

Arrecifes, 15 de Octubre de 2020.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente

FABIAN CESAR REYNA – Secretario

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