Expediente Nro. 10.464/20
8º Sesión Ordinaria
22/07/2020
VISTO:
El expediente Nro. 10.464/20 vinculado a la nota presentada por el Señor José Pellegrino, apoderado de Sociedad Anónima Importadora y Exportadora de la Patagonia, dueña de Supermercado “La Anónima”, con explotación comercial en Avda. Carlos Merlassino 524 de esta ciudad de Arrecifes, conforme lo acredita con copia simple del Poder General de Administración extendido por la referida sociedad y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la referida presentación solicita autorización para el ingreso de camiones “Semi” considerados de gran porte al ejido urbano de la ciudad para la provisión de mercadería a su supermercado ubicado en la zona del microcentro de la ciudad.-
Que en la exposición de los hechos que motivan la presentación del recurrente, el mismo manifiesta que desde el punto de vista de la conservación de los alimentos perecederos, es fundamental mantener el transporte realizado por la empresa dado que se efectúan controles de temperatura de forma manual y satelital durante el almacenamiento, transporte y recepción de mercadería por parte de la sucursal.-
Que en dicho contexto brinda detalle acerca del tratamiento de los alimentos que se transportan, indicando que se llevan a cabo controles de temperatura tanto en recepción y Cámaras de almacenamiento en su depósito ubicado en la ciudad de Ituzaingó, provincia de Buenos Aires.-
Que a su vez señala que todos los camiones cuentan con un control satelital (Sitrack), donde ante un desvío de la unidad de transporte durante el viaje, el sistema alerta al equipo de seguridad alimentaria y al gerente de la sucursal para que ellos puedan reforzar los controles de la mercadería al momento de la recepción, advirtiendo en el supuesto que los puntos de control fallen y la mercadería se vea afectada la misma es rechazada y decomisada.-
Que para minimizar cualquier inconveniente a los vecinos de la ciudad proponían el ingreso de las unidades en el horario de 22:00 horas y las 7:00 horas del día siguiente evitando el horario escolar y el entorpecimiento del tránsito en general.-
Que además proponen un punto específico de ingreso de las unidades a la ciudad, dado que la metodología propuesta conducía directamente a la playa de estacionamiento del supermercado.-
Que no obstante ello y ante la imposibilidad de concreción de la autorización solicitada el peticionante requería un plazo de 90 días para gestionar la adecuación de la logística a las prescripciones de la Ordenanza de Tránsito y Uso de la Vía Pública.-
Que en relación al asunto en cuestión es preciso señalar que el hecho de conceder la autorización solicitada implicaría transgredir el principio de la regla general prescripto por el artículo 77º – Inciso a) del Decreto Ley 6769/58, máxime cuando la circulación de vehículos de gran porte y horarios de carga y descarga se encuentran reglados por la ordenanza Nro. 3.127/19.-
Que no obstante ello, desde la comisión interna de Obras y Servicios Públicos, como medida preliminar a la resolución del presente asunto, solicitó informes a la empresa para confirmar si la misma había adecuado su logística a las prescripciones de la Ordenanza Nro. 3.127/19.-
Que la adecuación por parte de la empresa fue confirmada el día 23 de Junio de 2020, según nota obrante a fs. 11 de las presentes actuaciones.-
Por lo expuesto:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad la siguiente:
C O M U N I C A C I Ó N :
Artículo 1º: Infórmese al recurrente que conferir la autorización solicitada implicaría transgredir el principio de la regla general prescripto por el artículo 77º – Inciso a) del Decreto Ley 6769/58, máxime aun cuando la circulación de vehículos de gran porte y horarios de carga y descarga se encuentran reglados por la ordenanza Nro. 3.127/19.-
Artículo 2º: Hágase saber que al momento de la adecuación de la logística por parte de la empresa ha cesado la causal que dio origen a la presentación ante este Honorable Cuerpo.-
Artículo 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 8º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA VEINTIDOS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
Arrecifes, 23 de Julio de 2020.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario