Comunicación Nro. 1826

Expediente Nro. 10.275/19

5º Sesión Ordinaria

24/04/2019

 

VISTO:

Las diversas consultas efectuadas por monotributistas ante el hecho de verse impedidos  de concretar el alta de la obra social que previamente ha elegido al momento de acreditarse ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).-

Que las Obras Sociales dispuestas en la nómina de la Superitendencia de Servicios de Salud, cuando los potenciales beneficiarios se presentan ante las delegaciones correspondientes, estas aducen de que no poseen cupo para concretar la afiliación del monotributista y;

CONSIDERANDO:

Que la legislación acerca de la elección de Obras Sociales por parte de los monotributistas no presenta ningún escollo para quienes revistan dicha calificación por cuanto una de esas normativas, el Decreto Nro. 806/04, en su artículo 74º establece que: “. . . El pequeño contribuyente deberá optar por la Obra Social que le prestará servicios en el momento de adhesión al Régimen Simplificado (RS)…..”.-

Que día a día aumentan las quejas de los monotributistas en este sentido.-

Que resulta conveniente requerir información oficial ante la Superintendencia de Obras Sociales para que dicho organismo brinde información sobre la existencia de cupos para la afiliación de contribuyentes monotributistas.-

Por lo expuesto:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad la siguiente:

 

C O M U N I C A C I Ó N   :

Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, se dirige a la Superintendencia de Obras Sociales, a los fines que dicho Organismo informe si ha dispuesto cupos de afiliación a Obras Sociales para contribuyentes pertenecientes al Régimen Simplificado  (Monotributistas), ya que la legislación que regula la materia establece que las mismas son de libre elección.-

Artículo 2º: Remítase la presente disposición a la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires y a la Defensoría del Municipio de Arrecifes, para que ambos entes públicos tomen conocimiento de la misma.-

Artículo 3º: Remítase copia de la presente disposición a los Honorables Concejos Deliberantes que conforman la 2º Sección Electoral, a los fines de que los mismos se expresen en igual sentido.-

Artículo 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 5º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA VEINTICUATRO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-                                                                                                                                                                                                                 

Arrecifes, 25 de Abril de 2019.- 

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente

FABIAN CESAR REYNA – Secretario

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