Comunicación Nro. 1792

Expediente Nro. 9.853/17

17º Sesión Ordinaria

22/11/2017

 

VISTO:

La vigencia de la Ley 14.497 y su Decreto Reglamentario Nro. 280/14 y;

CONSIDERANDO:

Que gobierno de la provincia de Buenos Aires a través de la citada ley establece la obligatoriedad para todo vehículo automotor registrado en el ámbito de la Provincia de Buenos, ante el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, de realizar el grabado indeleble del número de dominio que, según la legislación nacional vigente, se identifica con tres (3) letras y tres (3) números, en las autopartes definidas por la propia legislación.-

Que dicha medida es impulsada por el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, como autoridad de aplicación, cuyo fin es prevenir el robo y la comercialización ilegal de autopartes, mediante el grabado de distintas partes del automotor.-

Que además se crea el Registro Provincial de Verificación de autopartes, en el cual deberán inscribirse las personas físicas o jurídicas que realicen la actividad comercial de compra y venta de autopartes, nuevas y/o usadas, además de las empresas autorizadas en el marco de esta ley para realizar el grabado de las mismas.-

Que tales autorizaciones deben ser concedidas por el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.-

Que sería sumamente positivo para el distrito de Arrecifes, contar con empresas homologadas, para el desarrollo de la actividad de grabado de autopartes.-

Que la Cámara de Comercio Automotor Buenos Aires Norte, entidad que nuclea a concesionarias del Distrito de Arrecifes, realizó una presentación formal ante la Federación de Asociaciones y Cámaras del Comercio Automotor de la República Argentina (FACCARA), solicitando la realización de gestiones para que la ciudad de Arrecifes pueda contar con una planta de grabado de autopartes.-

Que el hecho de no contar con una planta de grabado, los titulares de vehículos deben trasladarse a ciudades vecinas como Pergamino o San Antonio de Areco, con el consiguiente dispendio de tiempo y mayores costos.-

Que resulta oportuno, a su vez, considerar  el reclamo permanente de vecinos de nuestra ciudad, respecto a la necesidad de contar con el servicio permanente de la planta de Verificación Técnica Vehicular (VTV).-

Que dicho servicio es brindado aproximadamente cada tres meses.-

Por lo expuesto:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad la siguiente:

 

C O M U N I C A C I Ó N   :

Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, se dirige al Señor Ministro de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, a los fines de solicitar a ese organismo estadual analice la posibilidad de conceder autorización a aquella empresa homologada, radicada en el distrito, que pretenda desarrollar la actividad de grabado indeleble en autopartes de vehículos, en concordancia con la Ley 14.497 y su Decreto Reglamentario Nro. 280/14.-

Artículo 2º: Solicitase al Señor Ministro de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires; analice la factibilidad y de resultar favorable la pretensión de este Honorable Cuerpo, lleve a cabo las acciones que permitan contar con el servicio permanente de Verificación Técnica Vehicular (VTV), el cual actualmente es prestado en forma periódica por la empresa encargada de dicho control.-

Artículo 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA  17º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA VEINTIDOS DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-                                                                                                                                                                                                                                              

Arrecifes, 23 de Noviembre de 2017.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, CUATRO EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

MARIA MONICA LORENZO – Presidente

 FABIAN CESAR REYNA – Secretario

 

 

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